García dice que Ley de1947 es insuficiente para detener el crecimiento desordenado de casinos

Legisladora solicita informe sobre amparos en México

 

La Comisión Permanente analiza pedirle al Poder Judicial un informe de las sentencias que por juicio de amparo ha concedido a particulares o personas morales operadoras de casinos, casa de juegos o de apuestas remotas. De acuerdo a la propuesta que estudia la Primera Comisión de la Permanente, la petición al Poder Judicial incluye la relación de los jueces que han otorgado dichas sentencias.

La legisladora del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Lizbeth García, ha presentado una propuesta a la Primera Comisión de la Permanente del Congreso, que solicite al Poder Judicial un informe de las sentencias, que por juicio de amparo, ha concedido a personas naturales o jurídicas operadoras de casinos, casa de juegos o de apuestas remotas en México, donde “operan una cantidad considerable de estos centros de apuestas en total y absoluta impunidad".

Además, García ha pedido a la Secretaría de la Función Pública informe sobre los avances de la auditoría realizada a la Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos de la Secretaria de Gobernación, señalando al mismo tiempo que la Ley Federal de Juegos y Sorteos data del año de 1947 es insuficiente para detener el crecimiento desordenado de los "Centros de

 

 

 





 

Apuestas Remotas" o casinos dada las bajas penalidades establecidas.

García dijo: "A esto se suma la falta de denuncias que permita investigar a quienes operan éstos centros, situación que crea a todas luces un marco pleno de impunidad. Uno de los principales problemas es el uso y abuso de procesos de amparo (a favor de ciertas empresas) por parte de algunos jueces que han venido otorgando amparos o suspensiones provisionales tanto a personas físicas o morales".

La propuesta de García que ha sido aprobada por el pleno de la Comisión Permanente ha sido delegada a la Primera Comisión para su análisis y dictaminarían. La diputada del PRD añadió que adicionalmente a los amparos, “los casinos, casa de juegos o de apuestas remotas pueden funcionar a pesar que cuentan con licencia de funcionamiento o el propio permiso de operación", y funcionar al margen de la Ley. (S-07.13.11)

 

 




 

 

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