Las organizaciones del sector del juego de Gestión Privada en España presentan proyecto

Aprueban anteproyecto de Ley de Juegos

Con la aprobación del anteproyecto de Ley de Regulación de los juegos de azar en España, en reunión de Consejo de Ministros, el viernes pasado, ha empezado en el país un serio debate tanto de políticos como de instituciones del sector del juego sobre los alcances de la nueva Ley. Después del pronunciamiento sobre la decisión del CM, la vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, dijo que la nueva ley: “Actualizará nuestro marco legal para dar encaje a nuevas fórmulas de juego a través de Internet, telefonía o televisión interactiva”.

En rueda de prensa, la vicepresidenta segunda, Elena Salgado, dijo que la futura ley regulará las nuevas modalidades cuando tengan lugar en un ámbito superior al de una comunidad autónoma, ya que éstas tienen la competencia del juego, y además que “cierto tipo de juegos, como aquellos cuyo soporte es Internet, exceden a este ámbito de actuación autonómico”.

La ley creará un órgano regulador en la Administración del Estado que, con la participación de las comunidades autónomas, se encargará de la supervisión y el cumplimiento de los requisitos fijados a los operadores, y además regulará el marco general del régimen fiscal aplicable. Salgado confirmó que la intención del Gobierno es "incrementar la seguridad jurídica de los operadores y mejorar la protección de usuarios, menores y personas voluntariamente alejadas del juego".

Salgado dijo además que las comunidades serán las grandes beneficiarias del impuesto específico que se va a crear para cada modalidad de juego, asegurando que: "La ley generará actividad económica legal en un sector que estaba hasta este momento sin regulación, sin un marco claro". La vicepresidenta también dijo que, según agencias independientes, el sector de las apuestas en línea genera unos 200 millones de euros.

Sector propone el Proyecto de Ley de Juego Telemático
Días después, y conjuntamente con la denuncia del juego online en España, al que categorizaron como ilegal, las organizaciones del sector del juego de Gestión Privada en España, que incluyen a la Asociación Española de Casinos de Juego (AECJ), la Confederación Española de Organizaciones de Empresarios del Juego del Bingo (CEJ) y la Confederación Española de Empresarios del Juego (COFAR), presentaron una “propuesta de bases para la elaboración de un Proyecto de Ley de Juego Telemático para que la Ley sea equitativa y pueda de estricto cumplimiento, bajo los siguientes preceptos:

- Ajustarse la legislación española y la jurisprudencia aplicables. - Respetar las competencias plenas en materia de juego de las CCAA establecidas en los respectivos estatutos y leyes autonómicas, salvo en lo establecido por normas de jurisprudencia de orden superior. - Proporcionar a los operadores que quieran ofrecer servicios de juego telemático un entorno comercial y fiscalmente competitivo. - Ofrecer a los ciudadanos todas las garantías y protecciones necesarias. - Evitar la competencia desleal de los operadores no autorizados, eliminando de forma efectiva su presencia en el mercado. - Ser compatible con las normativas europeas aplicables, según las interpretaciones de las sentencias emanadas de la Corte Europea de Justicia.

Las bases normativas que sugieren las referidas organizaciones son:
- Regulación única, de alcance nacional, elaborada por una Comisión de Juego Interministerial de carácter permanente e independiente, con escrupuloso respeto a la legislación y jurisprudencia aplicables.
- Catálogo de juegos que incluya los juegos que habrán de necesitar licencia o autorización para ser operados, con el fin de evitar fraudes de ley.
- Licencias administrativas basadas en criterios muy estrictos de probidad y de solvencia económica y técnica, concedidas y controladas por las Comunidades Autónomas a las empresas gestoras de juego radicadas en sus respectivos territorios.
- Reconocimiento de las licencias concedidas y fianzas depositadas por los operadores de otras modalidades de juego autorizados en España, en particular casinos, bingos y salones de juego, complementándolas en lo necesario para el desarrollo de juegos online. - Identificación positiva y demostrable de los jugadores, por un DNI o pasaporte, domicilio físico y medio de pago autorizado.
- Posibilidad de auto-prohibición o prohibición judicial de jugar.
- Servidor y/o respaldo situados en España para que la operación sea técnicamente controlable por autoridades españolas por medios técnicos generalmente admitidos.
- Si el vehículo es Internet, los dominios de los operadores deberán ser necesariamente .es, .cat u otros dominios regionales, no admitiéndose los .com y similares. Puesta a cero de las bases de datos de las empresas que han venido operando sin autorización.
- Todas las transacciones económicas deben efectuarse en cuentas bancarias o instrumentos de pago/cobro españoles. No se permite el juego a crédito.
- La fiscalidad, variable según el tipo de juego o apuesta, será como máximo de un 10% sobre el margen bruto empresarial (importes jugados menos premios pagados). Será recaudada por el operador y distribuida a las Comunidades Autónomas con base en la residencia del jugador. En el caso de jugadores domiciliados fuera de España, los impuestos se distribuirán a prorrata entre las CCAA.
- Sólo los operadores autorizados podrán hacer publicidad de su actividad, siendo responsable de la infracción cualquier elemento de la cadena (operador, distribuidor, agencia de publicidad o de medios, medio de comunicación), cualquiera que sea su ámbito territorial.
- Los operadores con licencias de juego online en otros países comunitarios sólo podrán operar en España si se ajustan a la normativa española y pagan impuestos en España. (S- 09.23.10)

© Copyright 2010 CasinoCompendium



>>> return to archives
>>> return to frontpage