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Ya no es broma ni payasada la operación de máquinas, dizque de destreza, en Chile, donde el Servicio del Impuestos Internos (SII), tomando lección de Eliot Ness, ha empezado a ajustar las tuercas del carro zumbón de circo de los operadores de los llamados “casino payaso”. Como los Intocables de los años 30 en Chicago, el SII ha decidido fiscalizar los ingresos de los casinos pseudo legales en Chile y ha detectado diferencias descomunales entre lo declarado y lo recaudado.
A mediados del mes pasado, el subdirector jurídico del organismo fiscalizador, Lucio Martínez, presentó tres querellas criminales en el 7° juzgado de Garantía de Santiago contra los operadores de los “minicasinos” que prácticamente se han apoderado de la capital del país. Las demandas judiciales están dirigidas contra los principales operadores de los negocios: Patricio Grassis y Cristián Hernández de la sociedad Grasssi & Hernández Importadora Limitada; Omar Gajardo de la sociedad Jara y Gajardo Limitada; y Henry Olaya.
Los demandados que operan unas 300 máquinas de azar en varios locales de Santiago, habrían presentado declaraciones juradas falsas a partir de mayo del 2009, cuando el SII investiga presentó una denuncia criminal contra los 3 demandados ante la Fiscalía Regional Metropolitana Norte de Santiago.
La explotación de máquinas tragamonedas en Chile se encuentra gravada con Impuesto al Valor Agregado (IVA) lo cual exige la emisión de una boleta con cada transacción de venta de las máquinas, y los operadores se encontraban en la obligación de emitir una boleta diaria por el total de ventas y servicio, y en el caso de máquinas que funcionan con fichas, debieron emitir una boleta cada vez que el monto superaba los 180 pesos chilenos.
Según consta en los escritos interpuestos en el juzgado de Garantía de Santiago, el SII acusa un perjuicio tributario para el fisco cercano a $650 millones, unos US $1,45 millones, en el 2009 por no pago del IVA. El organismo fiscalizador detectó que las declaraciones de impuestos mensuales de estos contribuyentes eran “maliciosamente falsas y que no consignaron en el total de los ingresos provenientes de la explotación de su actividad comercial de máquinas de entretención”; por lo cual declararon y pagaron un impuesto “menor al debido”.
Las querellas presentadas por el SII se basan en infracciones al Código Tributario de Chile que sanciona: “las declaraciones maliciosamente incompletas o falsas que puedan inducir a la liquidación de un impuesto inferior al que corresponda o la omisión maliciosa en los libros de contabilidad de los asientos relativos a las mercaderías adquiridas, enajenadas o permutadas o a las demás operaciones gravadas, la adulteración de balances o inventarios o la presentación de éstos dolosamente falseados, el uso de boletas, notas de débito, notas de crédito, o facturas ya utilizadas en operaciones anteriores, o el empleo de otros procedimientos dolosos encaminados a ocultar o desfigurar el verdadero monto de las operaciones realizadas o a burlar el impuesto”.
Según la falta el CT establece una pena privativa de libertad y una pena pecuniaria. La primera es presidio menor en sus grados medio a máximo, es decir, una pena desde 541 días a 5 años. Mientras que la pecuniaria, contempla multa del 50% al 300% del valor del tributo eludido. De una forma u otra, parecen que los “casinos payaso” van a empezar a llorar. (S-07.08.10)
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