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Con un comunicado del Poder Judicial, la Tercera Sala de la Corte Suprema declaró ilegal la decisión del Fiscal Nacional, Sabas Chahuán, de prohibir el ingreso de los fiscales adjuntos a las salas de juego de los casinos del país, revocando de esta manera la decisión adoptada, en su oportunidad, por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El tribunal determinó que el Fiscal Nacional "no se encuentra facultado" para impedir el ingreso de los fiscales adjuntos a las salas de juego, pues dicho asunto es materia de Ley, por no encontrarse dentro de las previsiones de la Ley de Casinos 19.995, 10b, que se refiere a “los funcionarios públicos y municipales que, en razón de sus cargos, tengan la custodia de fondos públicos".
En una decisión dividida, los ministros de mayoría Adalis Oyarzún, Héctor Carreño, Pedro Pierry y Haroldo Brito, con el voto en contra de la ministra Sonia Araneda, lograron prevalecer en base a la Constitución Política de la Republica porque “la prohibición cuestionada afecta al derecho de igualdad, cuyo alcance ha de entenderse ligado a la posibilidad del numeral 26 del artículo 19”. La sentencia Suprema “ordena que el señor Fiscal Nacional del Ministerio Público deberá dejar sin efecto la referida instrucción general en la parte que prohíbe a los fiscales adjuntos asistir a las salas de juego de los casinos”. (E-01.20.10)
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